Fecha de Presentación: 00/00/0000
Autor: Juan Carlos Ale
Proyecto de Ordenanza: El Canal Oficial de comunicación para el Honorable Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán.
Fundamentos:
Vista la necesidad de fortalecer la transparencia y el acceso a la información pública en el Honorable Concejo Deliberante y;
Considerando que resulta fundamental dar a conocer y acercar la labor del Concejo Deliberante a la ciudadanía, garantizando el entendimiento de las decisiones que se adoptan y las actividades que se llevan a cabo en el mismo, de forma precisa y a través de medios digitales.
Que la difusión en tiempo real de las Sesiones Legislativas y reuniones de comisión, constituye una herramienta esencial para promover la participación ciudadana y la rendición de cuentas ante el pueblo.
Que la creación de un canal oficial de comunicación permitirá optimizar el área de prensa del Honorable Concejo Deliberante, fortalecerá el rol institucional de la misma, facilitará la transparencia, permitirá brindar información en tiempo real, favorecerá el debate dentro de la ciudadanía y; brindará al órgano deliberativo de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán el impulso democrático y republicano adoptado por el Honorable Congreso de la Nación Argentina.
Considerando que el Honorable Congreso de la República Argentina transmite sus sesiones legislativas y debates de comisión, con el objeto de comunicar apropiadamente las actividades institucional y responder al principio republicano de publicidad.
Teniendo presente que, los videos en directo y las gacetillas informativas permiten llegar a una audiencia más amplia y diversa que los canales tradicionales de comunicación. Resultando de esta manera, que el Honorable Concejo Deliberante amplié su impacto y conecte con un mayor número de ciudadanos.
Observando la necesidad de contar con una comunicación institucional más dinámica y atractiva. Siendo los videos en directo, la herramienta necesaria que ofrezca el dinamismo buscado y; las gacetillas informativas, la herramienta que permita presentar información de manera organizada y concisa.
Que una comunicación institucional efectiva puede contribuir a mejorar la imagen del Honorable Concejo Deliberante y de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, ante la ciudadanía.
Que es necesario promover la comunicación para lograr cercanía con la ciudadanía y generar un mayor interés en jóvenes y adultos por los asuntos del Municipio.
Que las acciones propuestas en el presente proyecto de ordenanza, tienden a ser una inversión a futuro. Siendo los videos en directo y las gacetillas informativas, canales de comunicación más eficientes y rentables que los canales tradicionales.
Considerando que es necesario optimizar recursos. La implementación de canal de comunicación institucional permitirá una mejor gestión de los recursos humanos y materiales destinados a la comunicación.
Teniendo presente que el formato y las herramientas propuesta en el presente proyecto de ordenanza, pueden ser publicadas en la web del Concejo Deliberante, resultando, en mayor eficiencia y acceso a la información pública.
Que la comunicación institucional debe adaptarse a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación para llegar a una audiencia más amplia y conectada.
Que es menester aprovechar las redes sociales, para difundir información y ampliar el alcance del público objetivo.
Y, con el convencimiento de que la implementación de un canal de comunicación institucional dentro del Honorable Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán, ofrecerá numerosos beneficios para el citado órgano, como mayor transparencia, mayor comunicación, fortalecimiento de la imagen institucional, captación de nuevas audiencias y adaptación a las nuevas tecnologías.
Por ello:
El Concejo Deliberante de la Municipalidad de la ciudad de San Miguel de Tucumán, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA:
Artículo 1º: Créase el Canal Oficial de Comunicación del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán (en adelante, el “Canal”) dependiente del Área de Prensa. El mismo hará uso de la página web del Honorable Concejo Deliberante para publicar, informes, noticias, artículos y videos institucionales. También, hará uso de un canal de YouTube específico para la difusión de videos en directo.
Artículo 2º: Establecer la renovación, actualización, y la actividad periódica de la página web (https://hcdtucuman.com.ar/) del Honorable Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo 3º: Disponer la creación de una cuenta en la plataforma X, dependiente del Área de Prensa y gestionada en consonancia con el Canal Oficial de Comunicación del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: Objeto y Funciones. El Canal Oficial de Comunicación tendrá por objeto, difundir en tiempo real y de forma accesible, la información y los detalles de las Sesiones Legislativas del Concejo Deliberante, las Reuniones de Comisión y toda otra actividad institucional del Honorable Concejo Deliberante que se considere importante.
El Canal tendrá las siguientes funciones:
- Trasmitir en vivo y en directo las sesiones ordinarias y extraordinarias del Concejo Deliberante, las reuniones de cada comisión y toda otra actividad institucional del Concejo Deliberante a través de los medios pertinentes.
- Acercar y comunicar toda información y/o actividad institucional del Concejo al público, y la sociedad en general mediante el uso y redacción de diversos medios audiovisuales y digitales.
Artículo 5º: Cobertura Institucional. Las Sesiones y Reuniones de Comisión deberán contar con la siguiente cobertura institucional:
- Gacetilla de prensa: Que sea publicada en la web del Concejo.
- Gacetilla de imágenes: Que se puedan descargar en Alta Definición desde la galería de fotos de la página web del Concejo.
- Cobertura desde 1 perfil de redes sociales: Desde donde se realice un seguimiento en tiempo real de las sesiones y reuniones que se llevan a cabo en el Concejo.
Artículo 6º: Agenda Semanal de Actividades. Créase una agenda semanal de actividades. La agenda deberá mostrarse en la página web del Concejo y como así también, ser actualizada permanentemente. Dentro de la agenda se mostrarán detalles, información, el temarios de las sesiones y, de igual forma, otras actividades que se desarrollen en el Concejo Deliberante.
Artículo 7º: El Área de Prensa del Honorable Concejo Deliberante, deberá difundir la creación y posterior existencia del “Canal” a través de todos los medios a su alcance, incluyendo su página web, redes sociales y cartelería institucional.
Artículo 8º: Recursos. El Honorable Concejo Deliberante asignará los recursos necesarios para la implementación y funcionamiento del “Canal”.
Artículo 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.